Se ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las subvenciones al Dividendo Digital. El pasado sábado día 1 de noviembre se ha publicado en el B.O.E. el R.D. 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regulan las subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en la edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Con esta publicación se oficializan los anuncios anteriores relativos a las subvenciones pero que todavía no tenían carácter legal. También, como se había comentado anteriormente, se confirma que el organismo encargado de la gestión será Red.es y que se realizará totalmente por vía electrónica.
Para consultar las condiciones para la solicitud de la subvención lea el siguiente artículo.
Una vez aprobada la normativa para las solicitudes de subvención faltaría que el Ministerio aprobara la convocatoria de la subvención y establecerá los requisitos, documentación y plazos de presentación de las solicitudes.
Previsiblemente, como ya se ha comentado en otros artículos la concesión de las subvenciones se producirá a partir de enero de 2015. Se ha anunciado, también, que no se admitirán las solicitudes que se presenten más allá del día 30 de junio de 2015 y que Red.es resolverá la solicitud de subvención durante el año 2015 y en el plazo máximo de tres meses a contar desde su presentación.
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